Preguntas frecuentes sobre el Registro

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Por principio, la legislación de los Emiratos Árabes Unidos es aplicable en caso de fallecimiento.

Por defecto, se aplican los principios de la sharía, teniendo en cuenta que la sharía establece disposiciones específicas al respecto (como la limitación de los derechos del cónyuge supérstite, el cálculo de las partes atribuidas a los hijos según su sexo, etc.).

No obstante, los ciudadanos extranjeros pueden solicitar expresamente mediante testamento la aplicación de su legislación nacional (artículo 1(2) de la Ley de Estatuto Personal de los EAU).

Sin embargo, a pesar de haber firmado un testamento sujeto a la legislación de su país de origen con base en este artículo, los jueces de los tribunales locales aún pueden rechazar la aplicación del testamento, lo que daría lugar a un procedimiento judicial largo y complejo antes de poder obtener su reconocimiento oficial.

En 2014, H.H. Sheikh Maktoum Bin Mohammed Bin Rashid Al Maktoum, presidente del DIFC (Dubai International Financial Centre), decidió crear un registro específico de testamentos para no musulmanes bajo la autoridad del DIFC: DIFC Will & Probate Registry. El decreto de aplicación se firmó en marzo de 2015 y entró en vigor el 1 de mayo de 2015.

Las disposiciones aplicables son las de la common law y, por lo tanto, existe plena libertad testamentaria.

Esto permite a los expatriados no musulmanes:

  • Registrar testamentos de forma legal
  • Hacer que se respeten las voluntades del fallecido, evitando que sean cuestionadas por los tribunales locales
  • Garantizar un procedimiento de ejecución mucho más rápido y menos costoso

El DIFC es el «Dubai International Finance Center»: una jurisdicción de zona franca situada en el emirato de Dubái que, en consecuencia, cuenta con su propia normativa. Una jurisdicción de zona franca puede asimilarse a un país dentro de otro en el ámbito jurídico y comercial, ya que puede promulgar sus propias leyes y, en este caso, incluso cuenta con sus propios tribunales.

En lo que respecta a las sucesiones, el DIFC ha recibido del Gobierno de Dubái el monopolio del registro de testamentos para no musulmanes.

El DIFC está situado geográficamente al norte de Sheikh Zayed Road, en Dubái.

Para ello, es necesario redactar un nuevo testamento; el nuevo anula automáticamente las disposiciones del anterior.

No hay ningún impuesto que pagar en los Emiratos en caso de sucesión. No obstante, tenga en cuenta que el cambio de titularidad de determinados activos (bienes inmuebles, acciones, etc.) puede generar gastos de registro (consúltenos según la naturaleza de los activos).

Si todavía tiene activos ubicados en Dubái, el testamento seguirá siendo válido aunque ya no sea residente de los Emiratos. Sin embargo, algunas partes del testamento, como la custodia de los hijos menores, lógicamente ya no podrán aplicarse (será gestionada en este caso por su nuevo país de residencia).

En principio, habrá que contar con un máximo de medio día para realizar todos los trámites de registro de su testamento, siempre que su expediente esté completo.