
¡La noticia ha llegado!
En el último boletín oficial publicado por la Autoridad Federal de Fiscalidad (FTA),
los artistas y los influencers estarán sujetos al IVA.
¡Nos dirán, pero ¿cómo? ¡No son empresas propiamente dichas!
Pues bien, la FTA confirmó que todas las prestaciones proporcionadas por estos artistas e influencers estarán ahora sujetas al IVA, al igual que las sociedades registradas en los Emiratos.
El boletín señala que el
IVA del 5 % se aplicará a todos los servicios proporcionados por los artistas e influencers que operen dentro y fuera del país.
Esto incluye todas las actividades promocionales realizadas en línea por cuenta de empresas a cambio de una contraprestación (cualquiera que sea su naturaleza) y que permitan a las marcas acceder a su comunidad.
Estas actividades incluyen la promoción de productos o servicios en sus redes sociales y blogs, como
- una colocación de producto en Instagram,
- todas las apariciones físicas remuneradas y todas las actividades relacionadas con el marketing y la publicidad en línea,
- invitaciones a restaurantes,
- regalos ofrecidos por las marcas
- y cualquier otro servicio que estas figuras públicas puedan proporcionar a cambio de una contraprestación (financiera o no financiera).
Este anuncio se compartió en el último boletín de información fiscal básica publicado por la FTA sobre el tratamiento fiscal de los servicios proporcionados por artistas e influencers.
El boletín precisa que, si un artista o influencer incurre en gastos para prestar un servicio, pero recupera dicho gasto del cliente para el que realiza publicidad, este reembolso entra en el ámbito de aplicación del IVA en los EAU.
La oficina de la FTA también añadió que, si el influencer o artista no recibiera un pago, sino
beneficios en especie, como bolsos, teléfonos móviles, perfumes, ropa, etc., a cambio de sus servicios, estos deberán
tenerse en cuenta en el cálculo del IVA.
¿Qué implica esto para las empresas que remuneran u ofrecen regalos a estos artistas e influencers?
En estas condiciones, la empresa que ofrezca regalos a cambio de los servicios de estos influencers también deberá declarar el IVA sobre dichos bienes. Esto solo es válido para las empresas registradas que tengan un TRN (número de IVA).
Todos estos artistas e influencers están obligados a registrarse a efectos del IVA si el valor total de los servicios que prestan y de las contraprestaciones que reciben (por ejemplo, regalos y otros beneficios)
supera los 375 000 AED durante los últimos 12 meses.
Un IVA del 5 %
Asimismo, los artistas e influencers tienen ahora la posibilidad de registrarse voluntariamente a efectos del IVA si el valor total de los servicios que prestan y de las contraprestaciones que reciben es
superior a 187 500 AED pero inferior a 375 000 AED.
En ambos casos, se aplicará el
IVA del 5 %, que deberá ser pagado por el artista o el influencer.
Un IVA del 0 %
Por su parte, el
IVA del 0 % se aplicará si los influencers y artistas prestan contractualmente servicios a una empresa situada fuera de los Emiratos.
ALGUNAS PRECISIONES:
- El término artista se refiere a todas las personas consideradas intérpretes, cantantes, artistas escénicos, maquilladores, DJ, autores... y cualquier persona que ejerza una actividad relacionada con el arte.
- Los influencers son simplemente las personas que prestan servicios utilizando su notoriedad en sus páginas de redes sociales, como blogueros, YouTubers...
- En lo que respecta a los artistas o influencers no residentes en los Emiratos, si prestan contractualmente servicios a una empresa sujeta al IVA en los Emiratos, el artista o influencer no tendrá que registrarse a efectos del IVA. Será la empresa beneficiaria del servicio la que deberá rendir cuentas ante las autoridades competentes.
- Por el contrario, si el artista o influencer no residente presta un servicio a una empresa emiratí que no está registrada a efectos del IVA, será el artista o influencer quien deberá registrarse a efectos del IVA.
La oficina de la FTA precisa en su boletín que, si un artista o influencer residente en los Emiratos promociona una empresa emiratí en el extranjero, también se aplicará el
IVA del 5 %.
Se ofrece como ejemplo que
«si una empresa establecida en los EAU posee un hotel fuera de los EAU y celebra un contrato con un artista o influencer residente en los EAU para promocionar dicho hotel en sus redes sociales, el servicio prestado por el influencer estará sujeto al IVA del 5 %».
Consulte el boletín oficial en el
sitio oficial de la FTA AQUÍ.